Calculadora ISR 2026 por sueldos y salarios

Esta calculadora ISR aplica a tu sueldo la tarifa del artículo 96 de la Ley del ISR publicada en el Anexo 8 de 2026 y le resta el subsidio para el empleo. Escribe lo que ganas en el periodo de pago y elige si te pagan al mes, a la quincena, a la semana, cada diez días o por día.

Ejemplo: Ingreso gravado del periodo 15.000 $ · Periodo de pago: Mensual · UMA mensual 3566,22 $ → ISR a retener: $ 1.402,82 al mes. Fuente: LISR art. 96; RLISR art. 175; RMF 2026 regla 3.12.2, Diario Oficial de la Federación, 28/12/2025 – Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026: tarifas de retención diaria, semanal, decenal, quincenal y mensual. Actualizado: .

$
sueldo bruto del periodo de pago, sin descontar nada
el art. 96 exenta de retención a quien en el mes solo percibe un salario mínimo
$
desde el 1 de febrero de 2026: $ 3.566,22 (en enero rigió la UMA de 2025)
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Resultado

ISR a retener
$ 1.402,82 al mes
ISR según tarifa
$ 1.339,14 + ($ 15.000,00 − $ 14.644,65) × 17,92 % = $ 1.402,82
Subsidio para el empleo
No aplica: tu ingreso mensual ($ 15.000,00) supera $ 11.492,66
Sueldo después del ISR
$ 13.597,18
Tarifa del periodo (Anexo 8 de 2026)
Límite inferiorLímite superiorCuota fija% sobre el excedente
$ 0,01$ 844,59$ 0,001,92 %
$ 844,60$ 7.168,51$ 16,226,40 %
$ 7.168,52$ 12.598,02$ 420,9510,88 %
$ 12.598,03$ 14.644,64$ 1.011,6816,00 %
$ 14.644,65$ 17.533,64$ 1.339,1417,92 %
$ 17.533,65$ 35.362,83$ 1.856,8421,36 %
$ 35.362,84$ 55.736,68$ 5.665,1623,52 %
$ 55.736,69$ 106.410,50$ 10.457,0930,00 %
$ 106.410,51$ 141.880,66$ 25.659,2332,00 %
$ 141.880,67$ 425.641,99$ 37.009,6934,00 %
$ 425.642,00en adelante$ 133.488,5435,00 %
Cálculo de la retención del periodo; no incluye cuotas del IMSS. En pagos menores a un mes el ingreso mensual se estima como ingreso ÷ días × 30,4 para revisar el límite del subsidio. El cálculo anual puede dar saldo a favor o a cargo.

Cómo se calcula

Cómo se calcula el ISR por sueldos y salarios

El patrón retiene el impuesto cada vez que te paga. Para eso aplica la tarifa del artículo 96 de la Ley del ISR que el SAT publica en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal. Para 2026 la tarifa salió en el Diario Oficial del 28 de diciembre de 2025. El cálculo tiene cuatro pasos:

  1. Busca en la tarifa del periodo la fila donde cae tu ingreso.
  2. Resta el límite inferior de esa fila a tu ingreso: es el excedente.
  3. Multiplica el excedente por el porcentaje de la fila y suma la cuota fija.
  4. Resta el subsidio para el empleo si te corresponde.

Subsidio para el empleo 2026

Desde febrero de 2026 el subsidio es el 15,02 % de la UMA mensual: $ 535,65 al mes con la UMA vigente desde febrero ($ 3.566,22). Solo aplica si tus ingresos del mes no pasan de $ 11.492,66. En enero de 2026 se usó el 15,59 % de la UMA de 2025. Si te pagan por quincena o semana, el subsidio es el monto mensual ÷ 30,4 × los días del periodo. Si el subsidio es mayor que tu ISR, la retención queda en cero, pero el sobrante no se te entrega.

Ejemplos con la tarifa mensual de 2026

Lo que la calculadora no incluye

No resta cuotas del IMSS ni separa ingresos exentos como parte del aguinaldo o de la prima vacacional: escribe solo el ingreso gravado. Para ver tu sueldo neto con IMSS usa la calculadora sueldo neto México; para el ajuste del año, la calculadora ISR anual.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el ISR de mi sueldo en 2026?

Con la tarifa del artículo 96 del Anexo 8 de 2026: cuota fija más el porcentaje sobre el excedente del límite inferior, menos el subsidio para el empleo.

¿Cuánto es el subsidio para el empleo en 2026?

15,02 % de la UMA mensual: $ 535,65 al mes desde febrero de 2026, si tus ingresos del mes no pasan de $ 11.492,66.

¿Cuánto ISR pago si gano $ 15.000 al mes?

$ 1.402,82 al mes con la tarifa de 2026; con ese sueldo no hay subsidio.

¿Me devuelven el subsidio si es mayor que mi ISR?

No. La retención queda en cero y el sobrante no se entrega en efectivo.

¿Qué tarifa se usa si me pagan cada quincena?

La tarifa quincenal (15 días) del mismo Anexo 8. También hay tarifas diaria, semanal, decenal y mensual.

¿Quién gana el salario mínimo paga ISR?

No. El artículo 96 de la Ley del ISR dice que no se retiene a quien en el mes solo percibe un salario mínimo.

Fuentes y base legal

Última actualización: · Principios editoriales

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