Calculadora baja laboral: prestación por incapacidad temporal

Esta calculadora baja laboral calcula la prestación por incapacidad temporal de la Seguridad Social: por enfermedad común o accidente no laboral no se cobra los tres primeros días, del cuarto al vigésimo el 60 % de la base reguladora y desde el día 21 el 75 %; por accidente de trabajo o enfermedad profesional, el 75 % desde el día siguiente a la baja.

Ejemplo: Base de cotización del mes anterior a la baja 1800 € · Días de baja 30 · Causa de la baja: Enfermedad común o accidente no laboral → Prestación por la baja: 1.062,00 € por 30 días de baja. Fuente: Real Decreto Legislativo 8/2015, arts. 171 y 173, Ley General de la Seguridad Social (BOE): subsidio de incapacidad temporal; nacimiento del derecho (día 4 en contingencia común, día siguiente a la baja en accidente de trabajo) y pago por la empresa de los días 4 a 15. Actualizado: .

€
base por contingencias comunes (o profesionales) de tu última nómina, sin horas extra
días naturales, contando el día de la baja
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Resultado

Prestación por la baja
1.062,00 € por 30 días de baja
Base reguladora diaria
1.800,00 € ÷ 30 = 60,00 € al día
Por tramos
  • Días 1 a 3 (3 días): sin prestación de la Seguridad Social
  • 17 días al 60 %: 612,00 €
  • 10 días al 75 % (desde el día 21): 450,00 €
Quién paga
Empresa (días 4 a 15): 432,00 € · Seguridad Social o mutua (desde el día 16): 630,00 €
Importes brutos sobre la base del mes anterior. Muchos convenios colectivos complementan la prestación hasta el 100 % del salario.

Cómo se calcula

Cuánto se cobra de baja

La prestación por incapacidad temporal (IT) es un porcentaje de la base reguladora diaria: la base de cotización del mes anterior a la baja dividida entre 30 si cobras por meses. El porcentaje depende de la causa y del día de baja:

Días de bajaEnfermedad común o accidente no laboralAccidente de trabajo o enfermedad profesional
Día 1nadasalario completo a cargo de la empresa
Días 2 y 3nada75 %
Días 4 a 2060 %75 %
Desde el día 2175 %75 %

Ejemplo: base de 1.800 €, 30 días de baja por enfermedad común. Base diaria: 1.800 ÷ 30 = 60 €. Días 4 a 20 (17 días) × 60 € × 60 % = 612 €. Días 21 a 30 (10 días) × 60 € × 75 % = 450 €. Total: 1.062 € brutos.

Con la misma base y un accidente de trabajo: 29 días × 60 € × 75 % = 1.305 €, más el salario del día de la baja que paga la empresa.

Duración de la bajaEnfermedad común (base 1.800 €)Accidente de trabajo (base 1.800 €)
3 días0,00 €90,00 €
10 días252,00 €405,00 €
15 días432,00 €630,00 €
20 días612,00 €855,00 €
30 días1.062,00 €1.305,00 €
60 días2.412,00 €2.655,00 €

Quién paga cada día

En la baja por enfermedad común, los días 4 a 15 corren a cargo de la empresa (LGSS, art. 173.1); desde el día 16 paga la Seguridad Social o la mutua. En la práctica todo llega en la nómina, porque la empresa adelanta el pago y luego lo compensa (pago delegado).

Requisitos

La baja dura como máximo 365 días, prorrogables 180 más si se prevé el alta médica en ese plazo; por eso el campo admite hasta 545 días.

Lo que no calcula

Para ver lo que queda de tu nómina normal, usa la calculadora de sueldo neto.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se cobra de baja por enfermedad común?

Nada los tres primeros días, el 60 % de la base reguladora del día 4 al 20 y el 75 % desde el día 21.

¿Cuánto se cobra de baja por accidente de trabajo?

El 75 % de la base reguladora desde el día siguiente a la baja; el día de la baja la empresa paga el salario completo.

¿Cuánto cobro por 30 días de baja con una base de 1.800 €?

1.062 € brutos por enfermedad común y 1.305 € por accidente de trabajo (más el día de la baja).

¿Cómo se calcula la base reguladora de la baja?

Base de cotización del mes anterior a la baja dividida entre 30, si cobras por meses.

¿Quién paga la baja los primeros días?

Por enfermedad común, los días 4 a 15 los paga la empresa y desde el 16 la Seguridad Social o la mutua.

¿Se cobra el 100 % del sueldo de baja?

Solo si tu convenio colectivo complementa la prestación. La ley da el 60 % o el 75 % de la base reguladora.

Fuentes y base legal

Última actualización: · Principios editoriales

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